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Cómo puedes obtener el borrador de la Renta 2022 - 2023 en PDF

Portada Borrador Renta 2022

Nuevo año y ya toca otra vez hacer la declaración de la Renta del último ejercicio. Nosotros, por medio de este artículo, vamos a mostrarte cómo puedes conseguir el borrador de la Renta 2022 - 2023 en PDF, para que así no recibas ninguna penalización de la Hacienda española. Si lo deseas, podrás completar dicho borrador en PDF por medio de esta aplicación online. Procura incorporar todos los datos que se solicitan con precisión para evitar posibles sanciones económicas. Y muy importante: no te pases de la fecha.

A la hora de rellenar el borrador de la Renta, una vez finalizado, podrás saber si tienes que pagar o te van a devolver dinero, lo deseable claro, siempre lo segundo. Se trata de un trámite con Hacienda que es de obligado cumplimiento para muchos españoles, y en caso de no cumplimentarlo puede dar lugar a importantes sanciones económicas.

También existe la obligatoriedad, a la hora de rellenar el borrador de la Renta 2022 en PDF, de proporcionar datos verídicos y no ocultar información, ya que de lo contrario estarías incurriendo en fraude fiscal, lo que se considera un delito. De ahí la importancia de hacer todo el papeleo de forma correcta. En caso de tener dudas es muy recomendable solicitar ayuda.

Quiénes tienen que hacer la declaración de la Renta con el borrador

Como norma general, todos aquellos ciudadanos que hayan percibido un mínimo de 22.000 euros anuales están obligados a solicitar el borrador de la renta 2022 para entregarlo. De este modo te puedes encontrar con varias situaciones o supuestos:

  • Estarían obligados a hacer la declaración de la renta todos aquellos trabajadores por cuenta ajena que hayan percibido un sueldo superior a los 22.000 euros durante el 2022.
  • Aquellos empleados que hayan percibido entre 14.000 y 22.000 euros durante el año de varios pagadores.
  • Los trabajadores autónomos.
  • Todos aquellos ciudadanos que hayan obtenido ingresos patrimoniales o relacionados con la obtención de rendimiento de capital inmobiliario de más de 1.600 euros anuales.
  • Por último, deberán solicitar el borrador de la Renta 2022 las personas que percibieran al menos 1.000 euros brutos de rentas mobiliarias imputadas, rendimientos de letras del Tesoro o subvenciones que guarden relación con la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado.

Cuándo hay que solicitar el borrador de la Renta 2022 en PDF

El plazo para presentar el borrador de la Renta 2022 - 2023 en PDF dependerá del medio que se utilice para entregarlo:

  • Aquellas personas que presenten la declaración de la Renta para el ejercicio 2022 a través de internet van a poder acceder al borrador de la Renta 2022 a partir del 11 de abril. Prepara para ello tu certificado digital, la Cl@ve y el número de referencia.
  • En caso de que quieras completar tu borrador de la declaración de la renta para el ejercicio 2022 por teléfono, vas a tener que esperar al 5 de mayo de este año para ello. Un funcionario de la Agencia Tributaria te ayudará durante todo el proceso. Lo único es que para este caso será necesario pedir cita previa desde el 3 de mayo, que se abre el plazo para pedir dicha cita previa para la renta 2022. Por medio de los teléfonos Teléfono: 91 290 13 40 y del 901 200 351 podrás reservar tu cita (de lunes a viernes, de 9 a 19 horas).
  • Si eres de los que prefieren presentar tu borrador de la Renta 2022 en persona, puedes pedir cita previa para asistir de forma presencial a partir del 1 de junio. Puedes solicitar dicha cita previa desde el 25 de mayo al 29 de junio de 2023.

En cualquiera de los 3 casos sí que hay que apuntar en la agenda el 30 de junio, ya que ese día termina el plazo para presentar el borrador de la Renta 2022. Tampoco olvides que, si tu declaración sale a devolver, el 27 de junio termina el plazo para la domiciliación bancaria.

Cómo puedo obtener el borrador de la Renta 2022 - 2023

Para poder consultar el borrador de la Renta primero tienes que acceder a la sede electrónica de la Agencia Tributaria a la que se puede acceder desde aquí. Una vez dentro tienes que ir a la pestaña superior que reza “información y gestiones”. En el momento en el que aparezca el desplegable tienes que hacer clic sobre la casilla “IRPF”.

Declaración de la Renta 2022

Ya dentro aparecerá una nueva pantalla. Busca el enlace con el nombre “Servicio tramitación de borrador / declaración (Renta WEB)” y haz clic sobre él. Ahora es el momento de identificarte con tu DNI (más la fecha de validez), o hacer uso de tu certificado digital o DNI electrónico.

Borrador declaración de la Renta

Una vez hecho lo anterior tendrás acceso a una serie de servicios, en el último de ellos verás que viene escrito “Borrador/Declaración (Renta WEB)”. Gracias a este enlace tendrás acceso al borrador de la Renta 2022 y podrás comprobar si sale a devolver o a pagar. En caso de que necesites imprimir tu borrador, dispones de herramientas online que permiten la impresión del documento en PDF.

Qué sucede si no se presenta la declaración de la Renta y tienes la obligación de ello

En el caso de que tengas la obligación de presentar la declaración de la Renta 2022 - 2023 y no lo hayas hecho, este acto tendrá consecuencias negativas en forma de multas, las cuales dependen, en caso de que salga a pagar, del tipo de caso:

  • Situación del contribuyente.
  • Resultado de la declaración.
  • Plazo en el que se ha producido el retraso.

Lo más recomendable es que si se te ha pasado el plazo, presentes la declaración de la Renta fuera de dicho plazo, ya que recibirás una sanción y no una multa. En caso de que no haya habido requerimiento, los recargos serán:

  • Del 5 % dentro de los 3 meses posteriores a la fecha final para enviar la declaración de la Renta.
  • 10 % de 3 a 6 meses.
  • 15 % de 6 a 12 meses.
  • 20 % más intereses de demora si es de 1 año a 4 años.

La cosa cambia si ha habido un requerimiento por parte de la administración:

  • 50% de recargo del total a pagar con base inferior a 3.000 €.
  • 50 a 100 % si hay ocultación.
  • 100 a 150 % si hay fraude.

También puede suceder que la declaración sea negativa (que Hacienda devuelva dinero).

  • Sin requerimiento de Hacienda – 100 € si recurres y 70€ si no lo haces.
  • Con requerimiento de Hacienda – 200 €.
administrador
César ha trabajado en diferentes medios de comunicación de España, tanto digitales como en papel (Marca, Veo TV, elBoletín, AmecicaEconómica, CubaEconómica...), en los que ha desempañado el papel de redactor para diferentes temáticas relacionadas con la tecnología, el deporte, política, economía y más.
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